jueves, 23 de agosto de 2012


Artículo 14

Certificación Electrónica Aplicada en Venezuela y su Legislación: garantías y desventajas para negociaciones seguras

El objetivo principal es evaluar el sistema de certificación electrónico aplicado en Venezuela y su legislación. El avance tecnológico, con el uso de internet, ha permitido ahorrar tiempo, dinero, espacio y distancia en la realización de operaciones comerciales administrativas y de todo índole. El Decreto de Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Dicha Legislación contempla la creación de un sistema de certificación electrónica cuyo objetivo es ofrecer seguridad y valor probatorio de las operaciones que se realice en internet.

El sistema de clave compartida: es aquel en el cual tanto el emisor como el remitente o destinatario de un mensaje de datos, hacen uso de la misma clave para encriptar el  mensaje. Sistema de clave pública, la cual no es secreta, es de libre acceso y la clave privada que sólo conoce el usuario al cual pertenece. Este es el sistema aplicado en Venezuela para todas las transacciones electrónicas de acuerdo a lo establecido en la legislación patria, con la creación de los proveedores de servicios de certificación. La SUSCERTE, desarrolla un plan estratégico de investigación, información y desarrollo destinado a la producción en materia electrónica; su objetivo  es reunir y verificar el cumplimiento de requisitos y parámetros exigidos por SUSCERTE.

El sistema de certificación electrónica: ofrece seguridad suficiente para evitar que el mensaje de datos y la firma electrónica sean alterados durante su transmisión.

-Declara  eficientemente la identidad del signatario del mensaje de datos. Sin embargo a pesar de estas garantías también se presentan circunstancias que limitan el uso de este sistema, como, el costo que implica para el usuario la utilización de los certificados electrónicos. En Venezuela hay retraso tecnológico del Poder Judicial, así como también desconocimiento de parte de muchos magistrados, abogados y litigantes acerca de las nuevas tecnologías. Finalmente, es menester referirse a que sería un complemento ideal, la Legislación Venezolana, la instauración de un sistema único probatorio para los mensajes de datos y firmas electrónicas

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